Se remite información de la convocatoria de AYUDAS DEL PROGRAMA LEADER- PROGRAMA DE  DESARROLLO RURAL DE GALICIA - DOG núm 20 del día 30 de enero de 2017 - MR701D. para el año 2018

Le recordamos que desde CIX FORMACIÓN Y CONSULTORÍA, S.L tramitamos  y  justificamos estas ayudas. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.

A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria:

Beneficiarios

a) Personas físicas o jurídicas de carácter privado (pymes). Se excluyen agrupaciones de personas jurídicas, las comunidades de bienes y cualquier otro tipo de personalidad jurídica propia

b) Entidades publicas de carácter local o comarcal: ayuntamientos, mancomunidades, consorcio y entidades dependientes de las anteriores.

c) Comunidades de montes vecinales

Proyectos Subvencionables
Proyectos que tengan encuadramiento en la Estrategia de desarrollo local de cada GDR (Grupo desarrollo rural) y se clasificarán en:

a) Proyectos productivos: aquellos que supongan la realización de una actividad económica con fin lucrativo y que creen o mantengan un nivel de empleo.

  •     Inversiones en el sector de la producción agraria primaria (producción agrícola, ganadera y forestal). Serán subvencionables:

    * La inversión para la mejora de la eficiencia energética /o empleo de fuentes de energías renovables
    * Pequeños proyectos hasta 30.000 € que supongan el inicio o ampliación de una actividad agrícola, ganadera o agroforestal, siempre que constituya una actividad complementaria a la actividad principal no agraria del promotor del proyecto.

  •     Inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios
  •     Inversiones en transformación y comercialización de productos forestales
  •     Inversiones que supongan diversificación de las explotaciones agrarias hacia actividades no agrarias (elaboración y venta de productos artesanales, agroturismo, servicios educativos, culturales, recreativos, ambientales, prestación de servicios a la población)
  •     Inversiones que supongan creación, modernización o ampliación de todo tipo de empresas que desarrollen actividades no agrarias.

Si la inversión es en substitución de maquinaria, tendrá que suponer la ampliación de la capacidad de producción en más de un 25%

b) Proyectos no productivos: los que tengan un interés público o colectivo y no supongan inicio o desarrollo de actividad económica.

            * Requisitos de los proyectos: 

  • Estar localizados en un ámbito territorial elegible de aplicación de la Estrategia de desarrollo local del GDR (ámbito rural)
  • Ser viables técnica, económica, y financieramente
  • Ajustarse a la normativa sectorial
  • No estar iniciados a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Ser finalistas (cumplir con los objetivos para los cuales ha sido aprobado el proyecto)

OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO:

  • Mantener el destino de la inversión durante 5 años posteriores a la fecha de resolución del pago final de la subvención
  • Mantener el empleo durante los 5 años posteriores a la fecha de resolución de pago final del proyecto (se tendrán en cuenta los datos del informe de vida laboral referentes a los últimos doce meses desde la presentación de la ayuda)
  • Mantener durante 5 años los empleos que tenga obligación de crear.

Gastos Subvencionables

  1. Construcción, adquisición y mejora de inmuebles que vayan a ser utilizados en relación con los objetivos del proyecto.
  2. Adquisición de terrenos hasta el límite del 10% del gasto subvencionable.
  3. Adquisición de maquinaria y equipamiento nuevo.
  4. Inversiones intangibles como la adquisición y desarrollo de programas informáticos, así como la creación de paginas web, estudios y publicaciones.
  5. Costes generales tales como honorarios de arquitectos, ingenieros, asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sustentabilidad económica y ambiental, estudios de viabilidad
  6. Gastos notariales y registrales, adquisición de patentes y licencias, derechos de autor y marcas registradas.
  7. Medios y equipos de transporte

Plazo de Presentación de Solicitudes

        31 de marzo de 2018.

 Abierto durante todo el período de ejecución de la medida Leader, con fecha límite que determine cada GDR en función de la disponibilidad de fondos

Presentación electrónica obligatoria para personas jurídicas de carácter privado

Plazo de Realización de la Actividad Subvencionable

Desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 15 de octubre de 2018.

Cuantía Subvencionable

  • Inversiones en el sector de la producción agraria primaria.  Ayuda entre un 15 % y un 50% de la inversión.
  • Inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios.  Ayuda entre un 15 % y un 50% de la inversión.
  • Inversiones en transformación y comercialización de productos forestales. Ayuda entre un 15 % y un 40% de la inversión con un máximo de 200.000 € de ayuda
  • Inversiones que supongan diversificación de las explotaciones agrarias hacia actividades no agrarias. Ayuda entre un 15 % y un 50% de la inversión con un máximo de 200.000 € de ayuda
  • Inversiones que supongan creación, modernización o ampliación de todo tipo de empresas que desarrollen actividades no agrarias. Ayuda entre un 15 % y un 50% de la inversión con un máximo de 200.000 € de ayuda

Presupuesto

    7.630.000 €.